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  Crónicas

Año:2020
Pg:185-200
Título: Radiografía social de la pandemia en Alaquàs a través de las intervenciones de la Policía Local
Autor: García Fernández, Natxo
Periodo: Historia Contemporánea
Materia:  Crónicas , Sociedad
Siglos: XXI
Tema: Crónicas-
Idioma: Castellano



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Natxo García Fernández

Radiografía social de la pandemia en Alaquàs a través de las intervenciones de la Policía Local.
A las 12:30 horas del día 15 de marzo de 2020, los agentes con número de identificación personal 4600597 y 46005121 interpusieron la primera sanción a un ciudadano de Alaquàs, por no respetar el confinamiento impuesto por el Gobierno Central, ante la crisis sanitaria que comenzábamos, entonces, a vivir. Unos días antes, el 11 de marzo la Organización Mundial de la Salud había elevado la emergencia de salud pública mundial, provocada por la Covid-19, a pandemia internacional, lo que llevó al Gobierno del Estado a decretar, a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma por un periodo de 15 días, que tuvo que ser paulatinamente ampliado, por periodos similares, seis veces más. Estas circunstancias nos indican la dimensión de la crisis sanitaria que vivimos los siguientes cien días. Este artículo trata de recopilar las intervenciones realizadas por la Policía Local de Alaquàs, en este periodo de tiempo, para aportar una visión local del confinamiento y al mismo tiempo servir como reconocimiento a su labor. El artículo 7 del mencionado Real Decreto 463/2020 limitaba la libertad de circulación de las personas y era el marco normativo de referencia para desarrollar la apuesta decidida del Gobierno del Estado por un confinamiento del conjunto de la población para conseguir detener la propagación del virus. Para todas aquellas personas que no cumplieran con las instrucciones contenidas en este Real Decreto y se saltaran el confinamiento impuesto, poniendo en riesgo

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su salud y la del resto de la población, se estableció un régimen sancionador, de acuerdo con el artículo 20: «El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo diez de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio». Para coordinar el cumplimiento efectivo de las normas reflejadas en el Real Decreto 463/2020, el artículo 5.1 indicaba que todas las fuerzas y cuerpos de seguridad, indistintamente de su ámbito territorial, estatal, autonómico o local, quedaban bajo las órdenes directas del Ministerio del Interior, completando así el mando único. Quedaría para otro artículo, diferente a este, una reflexión comparativa sobre los diferentes grados de confinamiento adoptados por los distintos estados y los resultados obtenidos y hasta qué punto ha influido nuestra cultura y nuestra manera de entender el mundo y las relaciones sociales a la hora de establecer los parámetros del confinamiento y el ejercicio de nuestra responsabilidad personal que hemos hecho como(...)



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