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  Estudios y documentos

Año:1998
Pg:07-22
Título: Un jurista valenciano del siglo XV, Don Jaime García de Aguilar.
Autor: Graullera Sanz, Vicente
Periodo: História Medieval
Materia:  Señorío
Siglos: XV
Tema: Estudios y documentos-Senyoriu
Idioma: Castellano



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ESTUDIS I DOCUMENTS

VICENTE GRAULLERA SANZ

UN JURISTA VALENCIANO DEL SIGLO XV, DON JAIME CARCÍA AGUILAR
TREBALL PRESENTAT AL III CONGRÉS D'HISTÒRIA DE L'HORTA SUD CELEBRAT A TORRENT DEL 19 AL 21 DE FEBRER DE 1998. I PUBLICAT A LES ACTES DEL MATEIX.

Para ejercer la profesión de jurista en la Valencia Foral, en los siglos XIV y XV 1, se requería gran vocación y constancia. En principio hay que tener en cuenta que los juristas no eran generalmente apreciados, salvo que se precisase necesariamente sus servicios. El jurista que vivía de sus ingresos profesionales, solía ser visto con recelo, pues la mayoría de la población pensaba que tarde o temprano se iba a quedar con el dinero de quien tuviese la necesidad de requerir su atención profesional. Los Fueros parecen participar de este criterio ya que, en una primera época, no permitían que las advocaciones ante los tribunales las formulasen los juristas, tampoco permitían que alegasen leyes, ni decretales2. Daba la impresión de que la autoridad legislativa y judicial prefería que advocasen los más legos en la materia ("rahonadors, advocats de seca"), aportando sólo hechos, ya que al tribunal se le suponía conocedor del derecho, o al menos contaba con el debido asesoramiento jurídico. En 1358 el rey Pedro el Ceremonioso, otorgó un fuero en el que se refería a cómo los juristas, con su conocimiento de Leyes y Decretales, complicaban el proceso, dando argumentos para que éste se alargase innecesariamente3, por eso insistía en que la Corte se sujetase estrictamente a lo dispuesto en la normativa foral "a la letra solament sens alguna allegacio o interpretacio de leys, Decretals, Decrets o sens gloses de aquelles". Más tarde se reguló que, para ejercer la abogacía en la ciudad de Valencia, quien lo solicitase debía haber estudiado en alguna de las universidades reconocidas. Posteriormente se añadió que los interesados en "advocar", debían superar un examen llevado a cabo por dos "savis en dret"4.
1 Miguel Gual Camarena, "Los Abogados en la ciudad de Valencia en el siglo XIV", en VIII Congreso de Historia de la Corona de Aragón Vol. II, 2º, p. 221-240. 2 Fori Regni. Valenciae. Valencia 1547-47 Libro I, fuero 3, fol. 2. Pedro I, en 1283. Aureum Opus regalium. Valencia 1515. Privilegio 82 del Rey Jaime I, fol. 24 y Priv. 7 del rey Pedro I, fol. 30. 3 Fori Regni. I, 3, en fol. 2. 4 Fori Regni. II-6-11, fol. 46. Alfonso I en 1329. Se trataba de dos juristas, de conocido prestigio, a quienes el municipio encargaba la revisión de las solicitudes de aquellos que pretendían advocar en la ciudad de Valencia.

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Pese a tales dificultades, el siglo XV, contó con varios juristas valencianos de gran prestigio como fueron Pere Belluga, Gabriel de Riusech, Joan Mercader o(...)



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