Año:1993 Pg:29-44 |
Título: Venta de la mitad del lugar de Alaquàs: D. Jaime Escrivá y su consorte D. Galcerán de Thous.
Autor: Pérez Martínez, Teresa Periodo: História Moderna Materia: Señorío Siglos: XIV Tema: Estudios y documentos-Senyoriu Idioma: Castellano Vista prévia
ESTUDIS I DOCUMENTS
Mª TERESA PÉREZ. VENTA DE LA MITAD DEL LUGAR DE ALAQUÀS: D. JAIME ESCRIBÀ Y SU CONSORTE A D. GALCERÁN DE THOUS. El documento cuya transcripción y traducción damos a conocer se guarda en el Archivo del Reino de Valencia, Sección Casa de Alaquàs, Caja 7, Expediente 193. El manuscrito está redactado en 16 folios, sin numerar. El documento es una escritura de venta de la mitad de los derechos del Lugar de Alaquàs realizada entre Dn. Jaime Escribá, hijo del difunto caballero Juan Escribá, y su esposa D.ª Gueraldona, y Galcerán de Tous casado con Aldonza, hija de Juan Escribá, según lo estipulado en su compromiso de matrimonio; esta venta se realizó por el precio de cincuenta y siete mil sueldos actuando como árbitros Juan de Pertusa y Raimundo de Tous. La firma de dicha escritura de venta tuvo lugar el día 30 de Septiembre del año 1367 ante el Notario público Juan Cornet y actuando como testigos Jaime Sala, Presbítero, y Gonzalo Calp, Notario. TRADUCCIÓN Sepan todos que yo, Jaime Escribá, caballero, habitante de Valencia, hijo del ya difunto caballero Juan escriba, y su esposa Gueraldona: Con pleno conocimiento, con deliberación y buen ánimo y con espontánea voluntad, no obligados ni seducidos, ni inducidos por la fuerza, pasión, fraude o dolo, sino mejor, graciosamente, voluntariamente, con pleno conocimiento y entera libertad, con el testimonio público de este presente documento, valedero para siempre por su propia fuerza y que no puede ser violado o revocado en parte alguna por no y por todos nuestros herederos y sucesores, presentes y futuros, ambos a la vez y cada uno de nosotros, fuertemente vendemos y, con la escritura de venta, pura, perfecta e irrevocable, concedemos y entregamos en mano o como si entregaremos en mano a vos, Venerables Galcerando de Tous, menor de días, y habitante de dicha ciudad, presente y que recibe, y a los vuestros, para siempre, completamente libre, quicia y exceptuada de toda carga de deudas, inquietudes u obligaciones, excepto las infrascritas, la mitad del Lugar de Alaquàs, que se encuentra en el término de Valencia, que en esc lugar nos pertenece -31- y debe pertenecer en todos y cada uno de sus términos, derechos, propiedades y pertenencias y tal como ahora nos habernos, tenemos y poseemos esa mitad del Lugar nombrado, por razón de una división y partición de este mismo Lugar, hecha por los Honorables Señores Juan de Pertusia y Ramón de Tous, caballeros, habitantes de la antes mencionada Ciudad, como jueces asignados por la Curia del Gobierno del Reino de Valencia para la partición y división entre nos, el antes nombrado Jaime Escribá por una parte, y, por otra, el antedicho Garcerán de Tous como tutor de Marietes, hija y heredera del venerable Janfredo de Tous, vuestro(...) |