Año:1991 Pg:51-58 |
Título: Desarrollo y análisis de las elecciones municipales de 1857 en Alaquàs.
Autor: Royo Martínez, José Periodo: História Contemporánea Materia: Política Siglos: XIX Tema: Estudios y documentos-Política Idioma: Castellano Vista prévia
JOSE ROYO MARTINEZ
DESARROLLO Y ANALISIS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES DE 1.857 EN ALAQUAS El golpe de estado protagonizado por el general O'Donnell en julio de 1.856 pondría fin al llamado bienio progresista y al gobierno de coalición integrado por O'Donnell-Espartero. O'Donnell restablecería la constitución moderada de 1.845, aunque modificaría por decreto de 15 septiembre de 1.856 algunas disposiciones de la misma sobre imprenta, orden público y designación de autoridades municipales. Sin embargo, la decisión de la reina Isabel II de apoyar como ¡efe de gobierno al general Narváez supondría el implantar de nuevo el moderantismo ya que se restauraría en su integridad la constitución de 1.845, anulando el acta adicional anteriormente señalada (decreto de 16 de octubre de 1.856), restablecería la ley de ayuntamientos de 16 de julio de 1840 (el mismo 16 de octubre) y la de imprenta (2 de noviembre de 1.856), adoptaría para las elecciones a cortes la ley electoral de 1.846 y reformaría en sentido conservador la composición del senado (17 de julio de 1.857) (1). El 4 diciembre de 1.856 se insertaría en la Gaceta de M a d r i d , un real decreto por el que a instancias del Ministerio de la Gobernación, se convocarían elecciones municipales en todo el territorio nacional a celebrar el 5 de febrero de 1.857, de acuerdo con la normativa de la ley municipal de 8 de enero de 1.845 (que con algunas modificaciones es la misma que la de 1.840), para la renovación completa de todos los cargos municipales. De acuerdo con esta ley, los ayuntamientos tendrían tres funciones básicas: 1. a La responsabilidad de nombrar depositarios y encargados de los fondos del común, la admisión de los facultativos que debían ejercer su profesión en el pueblo: médicos, farmacéuticos, maestros, etc. 2.° La administración de los propios, reparación de caminos y el reparto de los granos de los pósitos. 3.° Deliberar y de acuerdo con las leyes y ordenanzas llevar a cabo: la formación de las ordenanzas municipales y reglamentos de policía urbana y rural, obras de utilidad pública, formación y alineación de las ca- (1) GABRIEL TORTELLA et alii " R e v o l u c i ó n Burguesa, o l i g a r q u í a y c o n s t i t u c i o n a l i s m o " (1834-1923) en Historia de España. Tomo VIII d i r i g i d a p o r M a n u e l Tuñón de Lara. Pág. 2 4 8 y ss. -51- lles, supresión o establecimiento de arbitrios y repartos, vender o comprar bienes muebles e inmuebles etc... El alcalde poseía una serie de atribuciones que venían determinadas, por un lado por ser delegado del gobierno en la población, bajo el inmediato control del ¡efe político de la provincia, por lo que le correspondía ejecutar en el pueblo las leyes (...) |